Los Derechos del Hincha
como interés Global:
Ordenanza Metropolitana nº
0267 de Quito y los derechos de los hinchas Ecuatorianos[1]
PUBLICAÇÃO ORIGINAL: SOUZA, Gustavo Lopes Pires de . Los derechos del hincha como interés global: Ordenanza Metropolitana n. 0267 de Quito y los derechos de los hinchas Ecuatorianos. Revista Brasileira de Direito Desportivo, v. 22, p. 10, 2012.
Resumo: A violência nos cenários esportivos cada vez mais correspondem a
um problema global. Por esta razão, a Municipalidade de Quito, no Equador,
criou ordenanza estabelecendo condições mínimas de infraestrutura e segurança
aos torcedores. O presente artigo indica os pontos de maior relevância e a
utilidade da ordenanza indicando-se a necessidade de uma Lei Nacional.
Palavras-Chave: Direitos do torcedor
equatoriano, preço dos ingressos, segurança, transparência, acessibilidade,
infra-estrutura dos estádios, respeito, representatividade, necessidade de lei
específica proposta pela Assembleia Nacional.
Resumen: La violencia en escenarios deportivos cada vez
más corresponde a un problema global. Por esta razón, el municipio de Quito, en
Ecuador, estableció las condiciones mínimas por medio de una Ordenanza que
establece infraestructura y seguridad
mínimas para los hinchas. Este artículo indica los puntos de mayor relevancia y
utilidad de la Ordenanza con la indicación de la necesidad de una Ley Nacional.
Palabras clave: Derechos
del Hincha Ecuatoriano, precio de los billetes, seguridad, transparencia,
accesibilidad, infraestructura en las canchas, respeto, representatividad,
necesidad de ley específica a ser propuesta a la Asamblea Nacional.
Abstract: Violence sporting
more and more scenarios correspond to a global problem. For this reason, the
municipality of Quito, in Ecuador, establishing minimum conditions of the
Ordenanza (law) created infrastructure and security for the fans. This article
indicates the points of greatest relevance and usefulness of the ordenanza
indicating the need for a National Law.
Keywords: rights of Ecuadorian
fan, price of tickets, security, transparency, accessibility, stadium
infrastructure, respect, representativeness, need specific law proposed by the
National Assembly.
PRESENTACIÓN
El fútbol mueve millones
de dólares anualmente y es el deporte con más visibilidad en el Mundo y también
en América Latina.
Fenómeno de media, “el
deporte bretón” atrae millones de personas a las canchas. Mientras, la pasión
despierta por el fútbol acaba por ocasionar tristes episodios de violencia
entre hinchas en las canchas teniendo
como consecuencia centenas de muertos y heridos.
El fútbol se puede
considerar como uno de los fenómenos sociales más importantes del siglo XX, y
el más importante para este siglo XXI. Su capacidad de despertar sentimientos,
pasiones, alegrías, tristezas, guerras, y fiesta, no conoce fronteras.
Históricamente se puede
considerar que el Fútbol, se ha jugado alrededor de un balón y 22 jugadores
detrás de él, en un terreno llamado cancha, delimitado por medidas y controlado
por un juez. Sin embargo, es necesario decir también, que no solamente el juego
se presenta en la cancha, si bien en este espacio se da el juego o deporte del
fútbol como tal, un aspecto fundamental para éste, es la tribuna, espacio o
lugar donde se sitúa gente a ver fútbol, a respirar fútbol, a sentir fútbol,
todo en medio de una mezcla entre pasión y razón. Es decir, otro lugar dentro
del estadio donde también se juega fútbol.
Es necesario hablar
entonces de la tribuna como otro terreno de juego, lugar donde lo que se juegan
son otra gran cantidad de simbologías y aspectos de interacción social, propios
del análisis de las ciencias sociales.
A través de la historia
del siglo XX, se puede observar como el fútbol se constituyó en un fenómeno que
gradualmente con el tiempo fue atrayendo incalculables masas, se vio también
como fue despertando todo tipo de pasiones y moviendo todo tipo de intereses,
los cuales unidos al nuevo mundo globalizado, permitieron impulsar a nivel
mundial y en especial en algunos lugares del planeta, una forma de expresión,
por demás violenta, la cual fue denominada hooligans
los mismos que invadieron como plaga todos los estadios Europeos en medio de
los campeonatos oficiales, sembrando terror y violencia al interior del Fútbol
espectáculo, adentro y afuera de los estadios, quienes mostraron al mundo la
cara "negativa" de dichas barras, aforando el nombre de “barras
bravas”; fenómeno que comenzó a promoverse alrededor del mundo de forma
acelerada, haciendo que en los diferentes países futbolísticamente
"grandes" los barras bravas comenzaran a surgir, y luego por
imitación de estos modelos, en otros países.
Así, se lo percibe como anhelo mundial la
necesidad de asegurarse los derechos de los hinchas.
Bajo este punto de vista, el Municipio de Quito, a
través de la Ordenanza 0267 del 16 de Julio de 2012, ha actuado de manera
extremamente incisiva y efectiva en el establecimiento de derechos a los
hinchas ecuatorianos.
Con el fin de atender a los intereses de los
consumidores de eventos deportivos de Ecuador, la Municipalidad de Quito
pretende, en los términos del artículo 132 de la Constitución Ecuatoriana,
enviar a la Asamblea Nacional una Petición requiriendo la creación de la Ley de
Protección al Hincha.
Esciente del anhelo mundial en defensa de los derechos
del hincha, interesado en contribuir en la lucha por el respeto al consumidor
del evento deportivo y, empeñado en colaborar con la causa de los espectadores
ecuatorianos sigue el juicio:
CONSULTA: Establecer los Derechos de los Hinchas
Ecuatorianos por medio de ley nacional, de acuerdo con lo reglamentado en
Quito, por intermedio de la Ordenanza 0267.
Consultante: Municipalidad de Quito
NOTA – Derechos del Hincha Ecuatoriano,
precio de los billetes, seguridad, transparencia, accesibilidad,
infraestructura en las canchas, respeto, representatividad, necesidad de ley
específica a ser propuesta a la Asamblea Nacional.
INTRODUCCIÓN
De acuerdo con lo mencionado, el fútbol mueve mil millones de
dólares y genera millones de empleos de forma directa e indirectamente. La
pasión por el deporte transforma cada uno de los habitantes del planeta Tierra
en hincha y, en consecuencia, en un consumidor en potencial.
Como todo consumidor, el hincha es un sujeto de derechos y se los
debe ser respetado, sobretodo llevándose en consideración el hecho de que el
fútbol debe su magnitud global justamente a la inmensa pasión despierta en las
multitudes.
Por este motivo, cada vez más, surge la necesidad de legislaciones
específicas a estos consumidores del deporte, así como la adecuación de los
escenarios deportivos a los anhelos de su Hincha.
Bajo este punto de vista, se fue expedida la Ordenanza
Metropolitana nº 0267, de
Quito que tiene por objeto regular la organización y realización de espectáculos
deportivos masivos; las medidas de seguridad que deben aplicarse antes, durante
y después de dichos espectáculos; las condiciones de mantenimiento y
funcionamiento de los escenarios deportivos; el control de la tributación; y,
la tipificación de infracciones y sanciones.
DE LOS RESPONSABLES POR LA
SEGURIDAD EN LAS CANCHAS DE FÚTBOL
La Ordenanza será aplicable a los propietarios,
arrendatarios, concesionarios, administradores y demás responsables de
escenarios deportivos; y a los organizadores, promotores y espectadores de los
espectáculos deportivos que se realicen en el Distrito Metropolitano de Quito.
A estos responsables sería importante añadir los
clubes mandadores del partido, ya que tal responsabilización propicia mayor
reparto de responsabilidades y viabiliza la punición deportiva (con pérdida de
mando de campo) al infractor.
Además, al considerar la ausencia de suficiencia del
espectador/consumidor, la responsabilidad civil debe de ser objetiva y
solidaria entre las personas jurídicas y sus dirigentes aplicándose la teoría
de la desconsideración de la personalidad jurídica. Todo, sin pérdida de las
medidas penales admisibles.
DE LA FISCALIZACIÓN
Como previsto en la Ordenanza, la existencia de
comisiones técnicas es imprescindible para su efectivo cumplimiento.
DE LA INFRAESTRUCTURA
Las canchas deben de tener infraestructura que permita
a todos los adeptos mirar los partidos en asientos individuales y fijados a la
estructura de la gradería, con ancho mínimo de 45 cm y respaldo de por lo menos
30 cm de altura, de acuerdo con lo que establecen las “Recomendaciones Técnicas
y Requisitos para Canchas de Fútbol”, elaborado por FIFA y utilizado como
parámetro para las canchas de las Copas de 2006, 2010 y 2014.
Además, para facilitar la circulación de los adeptos
debe de haber una distancia de 85 cm entre los respaldos y todos los hinchas
deben tener visibilidad perfecta del campo, o sea, los “puntos ciegos” deben
ser prohibidos.
Los billetes deben de ser vendidos en por lo menos
cincos puestos y el acceso a las canchas deben ser equipados con rampas,
pasamanos, así como todos lo medios capaces de ofrecer conforto a los adeptos.
Basada en las normativas FIFA y demás legislaciones
extranjeras, la Ordenanza establece que:
a). todos los puestos deberán numerarse
secuencialmente;
b). todas las filas de puestos
deberán identificarse con letras de forma sistemática;
c). El espacio mínimo de ancho de
cada puesto deberá ser de 0,45 metros;
d). Todos los accesos, salidas,
vías de evacuación, pasillos, corredores y gradas de circulación deberán estar
claramente señalizados y libres de obstrucción que pueda impedir el flujo
normal de espectadores;
e). Las gradas de circulación
deberán pintarse de color diferente;
f). Las vías de evacuación
deberán señalizarse conforme la normativa internacional;
g). Todas las puertas y portones
de acceso deberán abrirse hacia el exterior del escenario.
h). El escenario debe ser
equipado con cámaras de video a color y dala de control equipada con monitores
para observar las actividades de todas las cámaras;
i). Cada escenario debe contar
con al menos un centro de atención médica para espectadores y una para
jugadores.
j). Deberán existir baterías
sanitarias de uso gratuito en número y calidad satisfactorias;
k). Los espectadores deben estar
separados de la zona de juego por fosos, láminas transparentes y/o personal de
seguridad (o sea, no pueden haber graderías).
Además, todo escenario deportivo donde se pueda llevar
a cabo espectáculos deportivos masivos deber someterse a revisión.
Un importante acrécimo es a respecto del
estacionamiento. Sería interesante contener la existencia de, al menos, 1
vacante para cada 10 hinchas.
DEL BOLETAGE
De acuerdo con la Ordenanza, solo podrán ingresar
al escenario deportivo las personas que presenten su boleto y todos los boletos
deberán ser numerados y on-line, registrándose los compradores.
Importante destacar que sería esencial fijar un
número mínimo de boleterías y la antecedencia mínima para la venta de billetes.
En ninguna hipótesis será permitida la venta de
billetes en número superior a lo de la capacidad de la cancha. Incluso, deberá
haber sistema de validación automática para impedir que supere el aforo
autorizado.
ACCESSIBILIDAD Y SEGURIDAD
(PERÍMETRO DE SEGURIDAD)
El hincha tiene derecho a seguridad en los sitios
donde son realizados los eventos deportivos antes, durante y después de la
realización de los partidos.
Debe ser asegurada la accesibilidad al hincha portador
de deficiencia o con movilidad reducida.
Así, se debe poner a disposición del hincha, en las
canchas, orientadores y servicio de atendimiento para que ello se lo encaminen
sus reclamaciones en el momento del partido, en local ampliamente divulgado y
de fácil acceso.
Los transportes públicos deben de ser organizados de
manera a permitir el acceso del hincha al escenario deportivo con rapidez y
seguridad.
Eventuales reclamaciones, siempre que posible, deberán
ser solucionadas inmediatamente.
Cualquiera que incumpla las dichas disposiciones debe
de ser punido con penas pecuniarias, y hasta mismo con pérdida de mando de
campo.
Aún, con relación a la seguridad, el organizador
deberá contractar seguro de accidentes personales, teniendo como beneficiario
el hincha portador de billete, válido desde el momento en que ingresar en la
cancha y disponibilizar médicos, enfermeros y ambulancias, siempre que haya más
de diez mil hinchas presentes.
En fin, se destaca la necesidad de establecerse un
perímetro de seguridad el cual solamente tendrán acceso personas que estén con
billetes. De esta manera, habría dos revistas obligatorias. Una primera en la
entrada de este perímetro y otra en la entrada de la cancha.
TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN
Deben ser aseguradas al hincha la publicidad y
transparencia en la organización de los eventos y escenarios deportivos. Los
organizadores deberán publicar en la internet, en espacio dedicado
exclusivamente a la competición, así como fijar ostensivamente en local
visible, en caracteres fácilmente legibles, del lado externo de todas las
entradas del local donde se realiza el evento deportivo: la íntegra del
reglamento de la competición; las tablas de la competición, conteniendo los
partidos que serán realizados, con especificación de su fecha, local y horario;
los listados completos de los partidos y la escalamiento de los árbitros
inmediatamente después de su definición.
Es derecho del hincha la divulgación, durante la
realización del partido, de la renta obtenida con el pago de billetes y con el
número de espectadores pagadores y no pagadores, por intermedio de los
servicios de sonido e imagen instalados en la cancha donde se realiza el
partido, por la entidad responsable por la organización de la competición.
INCENTIVO A LA COMPARENCIA EN LAS CANCHAS
Al considerar que el fútbol hace parte de la cultura
de la gente ecuatoriana, el Estado debe incentivar la comparencia de los
adeptos a las canchas.
En Brasil, una medida muy usada por los Gobiernos es
incentivar a los ciudadanos a exigir notas de gastos para evitar la evasión,
pues, dichas notas pueden ser cambiadas por billetes.
REGIMEN SANCIONADOR
Con el objetivo de garantizar la aplicación de la
normativa, imprescindible que se lo hayan sanciones. La Ordenanza en este
aspecto prevé multas pecuniarias
administrativas.
Puniciones más rigurosas como la detención y hasta
mismo la pérdida de mando de campo por las entidades ayudarían a garantizar la
atención a los derechos del hincha ecuatoriano.
CONCLUSIÓN
En Ecuador y en los demás
países de Latinoamérica hay mucho que ser hecho, especialmente a lo que tiene
relación a la infraestructura. Por eso, se espera que los competidores, los
organizadores y el Poder Público valoren el motivo mayor de la existencia del
deporte, o sea, el hincha.
Así, considerándose los cambios ocurridos en el
fútbol, haciendo que la relación entre club e hincha sea más allá de pasión y
por diversos problemas de orden organizacional y operacional (calendario con
muchos juegos y competiciones, polémicas en relación a la transparencia en la organización
y en la promoción del espectáculo deportivo, incidentes violentos en las
canchas en sus alrededores; además de
infraestructura deficitaria para atender al hincha), que se aleja gran parte
del público que frecuenta a las canchas y por consecuencia generando perjuicio
a clubes y federaciones, debe de ser elaborada Ley de Protección al Hincha
Ecuatoriano.
Por lo tanto, se sugiere que sea encaminada la
propuesta de Ley a la Asamblea Nacional con el objetivo de exigirse la
elaboración de dicha Ley para garantizar los derechos a los hinchas, ahora
considerados consumidores e instituir deberes, a las agremiaciones deportivas,
a la Federación Ecuatoriana y al Poder Público, responsables por la garantía de
la seguridad del hincha, por la transparencia del evento realizado y por la
punición de responsables envueltos en cualquier tipo de manifestación que
deprecie o perjudique el espectáculo deportivo.
Es lo que nos parece, salvo mejor juicio.
Belo Horizonte,
Minas Gerais, Brasil, el 29 de septiembre de 2012
[1] Conclusiones
del Seminario “Violência em Escenarios Deportivos” logrado en Quito en 27 y 28
de septiembre.
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